Apéndice 10. En el Cual se Prosigue la Relación y Declaración de los Defectos que Tuvieron las Dichas Leyes
Introducción OTRA ley hubo que trajo consigo clara la injusticia y tiránica inquietud que fue casi el fin de todas las demás y a que todas las otras se ordenaban conviene a saber: que por fuerza y con cierta pena se mandó a los que tenían indios de repartimiento, que de todos ellos echasen la tercera parte, o, si quisiesen, trajesen más de la tercera parte a sacar oro: «pero permitimos, dice la ley que los vecinos de la Zabana (que estaban cien leguas y más de las minas), y los de la Vila Nueva de Yaquimo (que estaba ochenta), no sean obligados a traer indios en las minas, porque están muy lejos dellas, pero mandamos que hagan hamacas, etc.» Pero por otra ley que tras ésta se sigue, y es la 26.a, que concedió que los que tenían las casas y haciendas lejos de las minas, que no podían proveer de mantenimientos a los indios, pudiesen hacer compañía con los vecinos que tuviesen las haciendas, cerca o en comarca, y que aquestos pusiesen los mantenimientos y aquéllos los...
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