Consejo de Seguridad Nuclear (CSN)
Constitución Se rige desde 1982 por su propio Estatuto, modificado en 1989 y 1995, y que debe ser aprobado por el Gobierno. De sus actuaciones de vigilancia y control, sólo rinde cuentas ante el Congreso de los Diputados y el Senado, y su financiación procede del cobro de tasas, es decir del pago por servicios. Las funciones del Consejo de Seguridad Nuclear se regulan por ley, pero desde su creación y ante la necesidad de adaptación a los peligros y demandas actuales, sus funciones se han visto, siempre por ley, modificadas en algunos casos y ampliadas en otros, a fin de dar cobertura a los posibles vacíos legales que impidieran su correcta actuación.
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